Ana María Salinas Medel
Directora de Diplomados Área Clínica Adultos
Facultad de Psicología UDD
Luego de varios años de trabajo entre distintas instituciones, el Gobierno envió, el martes 21 de enero un Proyecto de Ley que busca modificar sustancialmente la forma en la que, en el marco de los procesos judiciales, los niños víctimas de agresiones sexuales serán interrogados.
Una iniciativa como esta resulta de gran relevancia si atendemos a su intención de reducir la victimización secundaria, es decir, el impacto negativo asociado al paso por el proceso penal de quienes aparecen como los participantes más vulnerables del sistema: los niños. Ideas como estas debieran estar orientadas a lograr un mejor estándar de prueba, lo que es de interés -o debiera ser- de todas las partes involucradas sin distinción cuando se trabaja de forma seria y rigurosa.
Esto último, lo afirmo, pues las evidencias empíricas han demostrado que la multiplicidad de entrevistas no sólo ocasionan un daño importante en las víctimas, sino también generan una gran distorsión de los relatos, al modo de una intervención múltiple y descontrolada en un sitio del suceso que no ha sido adecuadamente acordonado, protegido ni custodiado; o al modo de una evidencia respecto de la cual no se ha seguido una correcta cadena de custodia.
No obstante lo anterior, creo que se trata de una iniciativa perfectible que debe ser apoyada por un cambio y una mejora en una serie de prácticas implementadas por actores del sistema de justicia y por todos quienes asistimos en su labor. Además de lo anterior, necesario resulta indicar que el proyecto de ley aborda varios tópicos relacionados con el proceso penal que no se resuelven, o bien, que se resuelven inadecuadamente. Es así como no aparece necesaria la intervención de instituciones hoy ajenas al proceso judicial que podrían introducir sesgos y parcialidad al quehacer (ejemplo: Ministerio del Interior). Por otro lado, el nombre no resulta del todo preciso si se toma en cuenta que bien podría no tratarse de una sola entrevista, ello pues se debiera tener presente que una entrevista investigativa difiere en su objetivo de una entrevista pericial forense, razón por la que no debiera aspirarse a unificar ambos ámbitos. Por último, creo que su implementación debiera analizarse más bien desde la óptica de la “prueba anticipada” que ya está contemplada en nuestra legislación y cuya ventaja principal es la presencia de los distintos intervinientes y actores del proceso penal.
Conjuntamente con lo anterior, parece necesario profundizar en la adecuada capacitación y formación de quienes administran justicia y, principalmente de quienes asistimos al sistema, dada la relevancia de entregar a quienes nos requieren alguna intervención información actualizada, fundamentada que considere el debido reporte de las limitaciones y alcances de la metodología empleada, promoviendo así un cambio de paradigma que permita la apertura hacia técnicas que han demostrado ser más eficientes y eficaces, donde los procedimientos estén avalados por los resultados de investigaciones y donde la rigurosidad científica sea la característica que prime.
Este cambio de paradigma también debiera implicar la realización de menos evaluaciones periciales de las que se hacen hoy. Varios estudios demuestran que nuestro país es uno de los lugares del mundo en donde mayor cantidad de evaluaciones periciales se solicitan, en distintos tipos de delitos. Siendo así, no resulta extraño que un niño tenga que esperar 18 meses para ser ingresado a una institución donde se le evaluará pericialmente y ello hace legítimo preguntarse ¿qué sentido tiene evaluar a un(a) niño(a) 18 meses después de la develación de los hechos? ¿no redunda esto en un excesivo daño para el(la) niño(a)? ¿cuánto se puede haber alterado y/o distorsionado la prueba (el relato) en ese tiempo?
La propuesta que aparece más adecuada, entonces, es que las solicitudes de pericia se requieran en aquellos casos en los que sea evidente su mayor complejidad por la naturaleza de los hechos o las especiales condiciones o características de la víctima, de manera tal que las instituciones tengan el tiempo necesario para dedicarse a ellas y puedan responder en un tiempo que aparezca más oportuno y más cercano a la develación de los hechos.
El camino se ve largo y no exento de dificultades, no obstante, creo que alternativas como las del Proyecto que aquí se menciona, resultan una oportunidad para promover el debate en torno a este tema y avanzar en la búsqueda de un cambio positivo, cambio que necesita ser avalado por quienes conocen y participan del sistema, por las voluntades de jueces, fiscales, defensores, querellantes, abogados particulares, peritos y la comunidad en su conjunto, pues el aporte que cada uno de dichos intervinientes entregue desde su propio rol debiera reportar una mejora que se traduzca en acciones concretas que beneficien a nuestros niños y que contribuyan a optimizar la administración de justicia.