Ana María Salinas, es la actual directora del Servicio de Psicología Integral (SPI) de la Universidad del Desarrollo, y además es directora de los diplomados del área clínica de la UDD. La profesional es experta en temáticas relacionadas con el abuso sexual, la psicología jurídica y forense.
Santiago.- La actividad se enmarcó dentro de una reunión clínica realizada para el equipo de salud mental, psiquiatras, psicólogos, pediatras y abogados de la Clínica Dávila, con el fin de generar un protocolo que guíe las acciones de los profesionales frente a situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes.
En la ocasión, Ana María Salinas, presentó los pasos a seguir frente a casos de abusos sexuales, el maltrato grave y otras situaciones que vulneren el derecho de los niños, niñas y adolescentes, desde la perspectiva legal y obligatoriedad que se aplica en estas circunstancias.
“Los delitos sexuales constituyen una de las vulneraciones más graves que puede experimentar un niño o una niña o un adolescente. Es de gran relevancia tener presente cómo proceder en estos casos; fundamentalmente esto en el contexto de atención de salud, porque la ley es bastante clara en cómo debe actuar un profesional cuyo desempeño está relacionado con niños y niñas», señaló la profesional.
El propósito fue que los asistentes pudiesen entender la importancia que tiene el emitir una respuesta coordinada del equipo en aquellos casos de vulneración de derechos. “Esto quiere decir que la institución genere un protocolo y una actuación en donde el profesional de la salud que hace la detección, no esté solo como individuo actuando con el caso, sino que estos casos se requiere un abordaje multidisciplinario, una respuesta que esté avalada por la institución de manera tal que no sea el profesional el que se enfrente con este caso complejo y el que lidie con la víctima o la familia. La idea es que no sea uno a uno, sino que sea la institucionalidad la que aborda y maneja este caso”, explicó Ana María.
De esta manera, la especialista fue enfática en afirmar que la institución debe regirse por el marco legal vigente, declarar a través de un protocolo cómo proceder en ciertos casos y definir el rol que va a tener el profesional en cada unidad frente a los casos que detecte, y principalmente en aquellos casos graves de vulneración del menor o adolescente.
«En esa lógica es importante entender que detectar simplifica reconocer o identificar la existencia de una posible situación de maltrato grave en cualquiera de sus formas. No se puede responsabilizar a los menores de edad de la detección, ésta siempre exige la intervención de un adulto, ya sea de la familia, del entorno más cercano o a la institucionalidad a la cual esa familia pertenece o participa«, agrega la psicóloga.
Es así, que Ana María menciona que es de suma relevancia que los profesionales y psicólogos que trabajan en atención de salud puedan realizar acciones de detección o incluso enfrentarse a posibles relatos de vulneración de delitos del niño, niña o adolescentes, pues es fundamental saber cómo se debe orientar al menor. La detección puede realizarse por indicadores directos o recibir relatos de los niños en relación a estos temas.
A esto suma la especialista que «no es posible hacer ningún tipo de intervención psicoterapéutica si la detección de vulnerabilidad del menor no está reguardada, es decir, lo que se privilegia es el bien superior del niño, niña o adolescente, en ese caso es que su situación de protección sea resguardada aunque no vaya más al psicólogo o aunque no vaya más al medico. Nadie podría hacer una psicoterapia exitosa si la situación de protección de ese niño no está resguardada», comenta.
Esto significa que se debe hacer todas las acciones y gestionar todo lo que sea necesario para propiciar la activación de las medidas judiciales si esto corresponde, sobretodo cuando hay una develación. Por ello, la importancia de que el profesional tenga claro de su rol y lo que dice la ley respecto a lo que se debe hacer, y además adoptar una postura desde el marco institucional en que se encuentra.
El proceso de judicializar implica sólo el acto de poner en conocimiento de la autoridad correspondiente, Fiscalía o Ministerio Público si se trata de un delito que está descrito en el código penal, o bien Tribunales de Familia si se trata de vulneración de derechos.
«Profesionales y psicólogos de atención de salud tienen el deber de informar a los organismos adecuados para dar cuenta de la vulneración de derechos (el plazo mínimo es de 24 horas). No es labor del profesional investigar la veracidad de lo que el niño dice, si el niño lo dice se informa, porque no tienen la labor ni el rol de desarrollar una investigación», afirma.
Finalmente, la psicóloga reiteró que hay que tener claro, que no denunciar no constituye un delito, pero sí una falta, y es deber de cada profesional adoptar acciones oportunas, de manera tal que se pueda detener o modificar la situación de vulneración grave,