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Objetividad y abstracción del pensamiento clínico son claves para el perito forense en evaluación de daño psíquico

Estos temas se trataron en charla organizada por el programa de postgrado en Psicodiagnóstico y Psicoterapia (MPP) de la Facultad de Psicología UDD.

Santiago.- Este jueves 20 de junio se realizó la conferencia «Evaluación de daño en víctimas de delitos violentos», organizada por el Diplomado en Psiquiatría y Psicología Forense: Evaluación en víctimas y familia, curso que inicia sus clases en agosto en las sedes de Santiago y Concepción.

En esta oportunidad, el invitado fue el Dr. Rodrigo Dresdner, perito forense del Servicio Médico Legal y docente del programa de postgrado en Psicodiagnóstico y Psicoterapia (MPP) de nuestra Facultad.

Con más de 30 asistentes, la actividad comenzó a las 18:30 horas con una definición de «daño psíquico» como cualquier agresión violenta de naturaleza física o psíquica, que al impactar sobre la psiquis de la víctima puede causar una perturbación psiquiátrica o psicológica.

El experto repasó paso por paso le confección del informe de evaluación, el que comienza tras la solicitud de un fiscal u otro, quien realiza una pregunta médicolegal, que debe ser contestada por el perito tras analizar el caso y entrevistarse con la víctima.

El objetivo de la charla fue «sensibilizar a los profesionales de la salud mental y todos aquellos que tienen que ver con el ámbito de la justicia, en la necesidad de formación y especialización que implica desempeñarse en el área», como declaró en su bienvenida a la charla, la directora de los diplomados del área clínica, Ana María Salinas.

Generalmente, este tipo de instancias se desarrollan cuando los delitos son crímenes graves, por lo que la contribución del perito en el juicio oral, constituye una prueba más para que los jueces dicten su veredicto. «El perito aporta un elemento más en todas las pruebas que se presentan en el juicio, por lo que debe ser lo más objetivo posible en su proceder (…) nosotros no hacemos justicia, solo respondemos la pregunta médicolegal», declaró Dresdner.

¿Cuándo es necesaria la evaluación de daño psíquico?

Para Dresdner, es precisa cuando el fiscal u otro observa que la víctima debe ser examinada por un profesional competente cuando «existe presencia de un cuadro o síndrome clínico o psicopatológico que causa una perturbación del psquismo, que irrumpe novedosamente en la biografía del sujeto y que presenta un nexo de causalidad con un agente traumático suficientemente poderoso como para causar una lesión psíquica».

Dejar de lado el pensamiento clínico y adentrarse en lo forense

Durante la conferencia, Dresdner recalcó la necesidad de que el psicólogo o psiquiatra sea capaz de alejarse de la mirada clínica y analizar el caso desde el ámbito forense. «Debemos cambiar el switch y pensar que ya no estamos como psicólogos o psiquiatras clínicos, sino que como forenses. Lo que interesa es el daño moral, porque el juez no se interesa por la afectación o similares», señaló el médico.

En este sentido, es importante que el profesional no se aleje del sentido de la respuesta que busca el juez al consultarlo. «(La justicia necesita saber) si acaso el delito le causó a la víctima alguna perturbación que debe ser diagnosticada, cuantificada y pronosticada, y en base a eso, el juez va a tomar su decisión», puntualizó Dresdner.

La actividad contó con una alta participación de los asistentes, entre los que se encontraban psicólogos, psicólogas, asistentes sociales y abogados. Al finalizar, el expositor presentó el caso clínico de una mujer de 62 años que fue secuestrada en Uruguay, y que tenía un pasado marcado por el exilio tras el golpe de estado de 1973.

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